Sociedad por acciones simplificadas (S.A.S.)

Abstract

La Sociedad por Acciones Simplificada surge un contexto más que mercantil, de orden jurídico y económico, por supuesto que con trascendencia comercial en la medida que sus destinatarios son personas que se dedican a actividades de comercio, pero que necesitaban una herramienta expedita, eficiente para desarrollar y dinamizar sus actos mercantiles. Cada comerciante por si solo considerado no está en capacidad de ejercer su actividad de manera que le posibilite mantener el negocio, devengar el sustento de su familia y el suyo propio, menos destinar parte de los ingresos que le proporciona su actividad al ahorro en procura de una vejez tranquila desde el punto de vista económico. La globalización de la economía olvida conceptos como el de universalización donde el capital es el medio y el ser humano es el fin, aparta de los pequeños comerciantes la idea de un negocio individual, autosufiente y autosostenible, sumase a ello la incomprensible cantidad de requisitos, papeleo, gastos e impuestos mal distribuidos que ocasiona la constitución de una sociedad mercantil donde dos o más personas se unen en torno a un fin de carácter lucrativo, concluyendo inevitablemente en un fracaso económico para quien en un país donde las cifras de desempleo son alarmantes, pretende salir adelante por medios propios. La ley 1258 del 5 de diciembre de 2008 aparece en una realidad burocratizada, plagada de inútiles paradigmas que pretenden moldear la actividad mercantil al margen legal (Código de Comercio), sin permitir a las personas naturales o jurídicas desarrollar su inventiva cuando se trata de actos de comercio, menos tolerar la flexibilización de los actos de comercio, baste decir que sociedades emisora de acciones como la anónima exige un mínimo de 5 socios para su constitución, de revisor fiscal y constitución por escritura pública haciendo de una u otra forma un trámite pesado, leguleyo, denso y a veces imposible de cumplir para ciertas personas que necesitan constituirse como sociedad,contrario sentido, la Sociedad por Acciones Simplificada admite al menos un socio, no exige revisoría fiscal y se puede constituir por documento privado, haciendo definitivamente eficaz y flexible su constitución. Ciertamente las S.A.S., han revolucionado la concepción de la gestión societaria, acercando la unificación de la legislación mercantil y civil, explorando nuevas ideas de cómo constituir una sociedad y lo que nos parece importante, concretando el concepto de la autonomía de la voluntad privada en sus actividades comerciales. Las sociedades mercantiles tradicionales se caracterizan por la necesidad de establecer un objeto social determinado, un régimen de aportes demarcado por el legislador e imposibilidad de establecer montos mínimos y máximos de capital. Las S.A.S., destruyen tan arcaicas y rígidas normativas dejando a discreción de las partes el precisar o no el objeto social, establecer un límite o máximo de capital en ejercicio de la autonomía contractual como manifestación externa de la voluntad

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