El trabajo a distancia comenzó a regularse en nuestro país con algunas leyes que
hacían referencia al trabajo a domicilio respecto a trabajadores estatales, como es la Ley N°
2851 del 23 de noviembre de 1919, posteriormente se promulgaron una serie de leyes que
regulaban diversos aspectos del trabajo a distancia –a modo de género- de forma particular
respecto de rubros específicos.
A nivel constitucional, su reconocimiento se da a partir de la incorporación del
trabajo a domicilio en la Constitución de 1979, en cuyo artículo 50° se reconocieron los
derechos del trabajador a domicilio de una forma semejante a los derechos de los demás
trabajadores, ampliándose así la protección a los trabajadores que prestan este tipo de
servicios, reconociéndoles el derecho a la seguridad social, seguros de enfermedad, etc.
Posteriormente se emitieron normas como la Ley del Teletrabajo que regularon distintas
especies del trabajo a domicilio de tal forma que se regularan estas formas de prestación de
servicios y se reconocieran las peculiaridades de éstas.
A partir de la actual situación mundial que vivimos tras la pandemia del Coronavirus
(COVID-19), el Estado Peruano ha emitido una serie de disposiciones favoreciendo el
trabajo desde el hogar, creándose así la figura del trabajo remoto – a diferencia del
teletrabajo- cuya finalidad es facilitar el aislamiento domiciliario sin que ello implique que
las actividades se vean completamente paralizadas, ya que de ser así, el impacto en la
economía de nuestro país sería fatal, y en caso no establecerse una regulación especial, no
se podría evitar que las personas se contagien del Covid-19.
De la revisión de las distintas normas que se han emitido respecto de esta nueva
figura de prestación de servicios en contexto de aislamiento, distintos estudios muestran que
el nivel de estrés que sufren los trabajadores se ha incrementado, resultando necesario
analizar la protección de la salud psicosocial de los trabajadores desde la perspectiva de la
seguridad y salud en el trabajo ya que las condiciones de la prestación del servicio han
cambiado radicalmente y es necesario fortalecer su ámbito de protección al trabajador