Ausencia de la culpa inconsciente como efecto jurídico del error de tipo vencible, Ancash - 2019

Abstract

En la actualidad a nivel legislativo como en la doctrina mayoritaria, la Culpa se encuentra inmersa como consecuencia jurídica del Error de Tipo Vencible en el Derecho Nacional Penal, pero no existe a nivel doctrinal ni mucho menos jurisprudencial, que expliquen el ¿por qué? de dicha configuración, solo se adhieren a la antigua teoría riguroso o estricta del dolo, que simplemente describe como efecto jurídico del Error de Tipo Vencible a la Culpa, sin dar mayor detalle de la forma de cómo se llegó a dicha conclusión. Es por ello que el propósito de la presente investigación fue indagar la postura teórica asumida en la doctrina mayoritaria, cuál de las dos clases de Culpa se encuentra inmersa como consecuencia jurídica del Error de Tipo Vencible en el Derecho Nacional Penal, es así por lo que recurrimos a diversas teorías para aproximarnos a entender la posición jurídica doctrinal que sirven de base para los operadores jurídicos que conocen y resuelven casos concretos respecto a los temas del error de tipo vencible y su consecuencia jurídica, Todas estas fuentes teóricas doctrinal proporcionaron un panorama global para entender el objeto del estudio; Por otra parte, aplicamos un método científico, utilizando una metodología cualitativa, tipo básica, con el diseño de la teoría fundamentada, y como técnica de indagación no solo fue recopilar bases teóricas doctrinales nacionales e internacionales así no también se recabo entrevistas que se hicieron a siete magistrados a través del instrumento guía de entrevista semiestructurada cuyo resultado más importante fue en que la culpa inconsciente no es la consecuencia jurídica del error de tipo vencible toda vez que dicha clase de culpa inconsciente el sujeto agente al momento de exteriorizar su conducta no existe la remota o mínima posibilidad actualizable de conocer los elementos del tipo penal o un resultado típico, lo que sí ocurre en la culpa consciente donde existe esa posibilidad remota o de menor grados de conocer el resultado típico, estas diversas posiciones jurídicas de los entrevistados coinciden básicamente en la doctrina nacional desde el punto de vista de la teoría cognitiva o del conocimiento, Además de ello, dicho resultado coinciden también con la posición jurisprudencial quien al desarrollar doctrinalmente a la culpa diferenciándolo del dolo eventual desde un punto de vista de la teoría de la probabilidad el cual se inclinan en la doctrina moderna, dicha base teórica y jurisprudencial ha servido en nuestro trabajo de investigación para poder concluir que la culpa inconsciente no es la consecuencia jurídica del error de tipo vencible, siendo solo la culpa consciente el único efecto jurídico del error de tipo vencible el cual deben aplicar no solo los Jueces y fiscales del Distrito Judicial de Ancash el cual el suscrito labora sino a nivel nacional al momento resolver caso concretos

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