El uxoricidio por adulterio en el Reino de Aragón durante el siglo XV: un acercamiento a través de las fuente documentales de la época.

Abstract

El uxoricidio en caso de adulterio durante la Edad Media fue una de las manifestaciones de violencia conyugal de las que más y mejor constancia se tiene si nos ceñimos a las fuentes documentales del período. Además, el propio adulterio constituyó una de las infracciones que con mayor frecuencia llevó a las mujeres ante los tribunales de justicia. Para comprender el funcionamiento de este «proceso relacional» es necesario remontarnos al Derecho Romano ―perteneciente a los últimos siglos de la Antigüedad―, dado que sentó las bases de los códigos legislativos posteriores y marcó la pauta de fijación del derecho consuetudinario hispánico.Durante los siglos alto y plenomedievales se llevó a término una evolución legislativa con dos fases bien diferenciadas ―la de «dispersión normativa» y la de recepción del derecho romano-canónico―, que desembocó en el establecimiento del «derecho general» y la disminución de la permisividad con los maridos que asesinaban a sus esposas adúlteras, aunque no se haría efectiva hasta el siglo XIII. En el caso del Reino de Aragón, el impacto de este fenómeno y las penas asociadas al adulterio estuvieron más mitigadas que en el resto de la península, aunque sin dejar de lado la degradación del estatuto jurídico y social de la mujer en los siglos bajomedievales. En este sentido, la documentación aragonesa es rica en procesos relacionados con situaciones delictivas derivadas del adulterio, especialmente vinculadas a la actuación femenina como anticipación ante una posible explosión de violencia ―jurídicamente legitimada― por parte del marido engañado.<br /

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