'Dipartimento di Economia, Universita di Perugia (IT)'
Abstract
La Autonomía Procesal le confiere cierta discrecionalidad al Tribunal Constitucional para desarrollar instituciones en su doctrina jurisprudencial. Una de las últimas creaciones es la figura procesal del estado de cosas inconstitucional (ECI), donde el Tribunal Constitucional busca proteger la esfera no sólo subjetiva sino objetiva de los derechos fundamentales, de esta manera trata de consagrar la supremacía jurídica de la Constitución. La figura del ECI nace en la jurisprudencia colombiana siendo extraída por Perú en el caso 2579-2003-HD/TC. Para el surgimiento de esta figura el juez constitucional debe de responder y no permanecer inmóvil frente a estas situaciones estructurales que laceran de manera grave y continua a numerosos derechos fundamentales, para posteriormente declarar el estado de cosas inconstitucional. Es así que para cesar con dicha vulneración generalizada, expandirá los efectos de la sentencia y emitirá órdenes a las instituciones públicas hasta que solucionen dichas fallas estructurales