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    Proceso judicial enfatizado a la efectiva protección especial de la mujer en estado de Embarazo en centros carcelarios y penitenciarios de Bogotá.

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    De acuerdo con la investigación previa realizada por la Procuraduría Delegada en lo Preventivo para Derechos Humanos y Asuntos Étnicos, Grupo de Asuntos penitenciarios y carcelarios las mujeres en estado de embarazo que se encuentran en el cumplimiento de la pena dentro de centros penitenciarios y carcelarios no cuentan con unas condiciones óptimas y un mínimo vital adecuado vulnerando su derecho a la protección especial. Dentro de la normatividad colombiana la pena privativa de la libertad se aplica como pena principal en conductas trascendentes que se adecuan típicamente a la ley penal establecida previamente y que según un juez competente el sujeto activo debe cumplir dicha pena intramural, en un centro penitenciario que el Estado ha previsto con anterioridad. En efecto la pena en Colombia cumple la función de resocializar al individuo infractor, para que en el momento de cumplida la condena sea útil en la comunidad, sin embargo en el tiempo que se encuentre excluido cumpliendo su pena, no dejan de tener el carácter de persona; lo que supone que aunque se limitan algunos derechos como el de la libre locomoción, el recluso tiene no pierde a su dignidad humana, ni los derechos que ello deriva y que le corresponden por el simple hecho de ser persona, los cual el Estado debe proteger en toda condición. Así mismo para cumplir el fin resocializador de la pena es menester del Estado humanizar la condena, no solo en lo relacionado con el convicto sino, implementar mecanismos que minimicen el impacto de la pena en la familia del preso. Durante el desarrollo de la investigación se constató la ausencia de condiciones durante la ejecución de la sanción penal en donde se refleja la problemática de la población femenina y puntualmente lo relacionado con las madres gestantes como la falta de apoyo médico y psicológico que tienen cuando se encuentran privadas de la libertad, no solo en lo relacionado con el desarrollo normal del embarazo, sino, además la situación que deben afrontar en los primeros meses de vida del menor que ha nacido en prisión. Es así como la atención médica especializada que tienen las mujeres gestantes dentro de un centro carcelario es insuficiente para suplir las necesidades que por cuestiones sanitarias en un centro penitenciario se presentan. Una mujer en estado de embarazo y próxima a su parto tiene condiciones especiales y pasa a ser vulnerable dentro del lugar donde cumple la pena, y es en ese mismo lugar donde actualmente las mujeres embarazadas viven y muchas veces tienen a sus hijos, allí donde las condiciones no son óptimas para cumplir el tiempo gestación. Si bien es cierto el hacinamiento carcelario y penitenciario que afronta la República Colombiana no es un asunto ajeno a los reclusorios femeninos, cada día crece la demanda de lugares donde recluir a las sindicadas, procesadas y condenas que por orden judicial deben estar privadas de la libertad. Así las cosas y teniendo en cuenta las consideraciones de protección especial que debe tener una mujer en estado de gestación otorgada constitucionalmente, dichos no son aptos para brindar mayor atención a mujeres en avanzado estado de embarazo. Se debe sin embargo tener en cuenta que muchas de las mujeres privadas de la libertad quedan embarazadas en cumplimiento de su condena, lo que dificulta por congestión del aparato judicial que puedan acceder ágilmente a las condiciones propias que requiere el embarazo. Por lo tanto, las condiciones mínimas vitales de la madre gestante son muy reducidas, algunos centros penitenciarios incluso no cuentan con personal médico capacitado, las (24) horas del día para atender a las reclusas embarazadas, es en este punto donde la dignidad humana de la madre privada de la libertad con respecto de sus garantías mínimas para tener un desarrollo natal eficaz está siendo vulnerada. Finalmente vale la pena resaltar que la condena impuesta a mujeres que tienen hijos es un evento tráumante para el núcleo familiar y la poca relevancia que se le da a la familia en el ordenamiento penal, más cuando se versa sobre los derechos del que está por nacer, quien muchas veces cumple una condena impuesta a su madre, pues en Colombia legalmente no se ha establecido la oportunidad a las madres gestantes de culminar su embarazo con prisión domiciliaria; aunque la ley prevé los delitos en los cuales se puede excarcelar, no existe consideración especial con la madre gestante y el naciturus. De acuerdo con lo anterior se puede formular la siguiente pregunta, ¿Cómo garantizar el efectivo cumplimiento de la protección especial que otorga la constitución a las mujeres en estado de embarazo que se encuentran en centros carcelarios y penitenciarios? Con el fin de demostrar la problemática expuesta en esta investigación, se utilizó como herramienta de la recolección de la información la encuesta, con desarrollo en la cárcel el buen pastor a efectos de visitar, observar el pabellón 4 donde se encuentran las mujeres gestantes, para corroborar que las condiciones óptimas y un mínimo vital de las mujeres en estado de embarazo que están cumpliendo su pena dentro del centro penitenciario y carcelario no son adecuados, vulnerando la protección y atención especial que constitucionalmente se otorga. . Para llevar a cabo dicha observación se tendrán en cuenta tres categorías fundamentales en la unidad de análisis “protección especial”: condición de la mujer, estructura del pabellón y servicios de salud para realizar un análisis estadístico de cada uno de ellos y llegar a una conclusión y así proponer un procedimiento judicial enfatizado desarrollado por el método normativo-analítico.Facultad de Derecho - Centro De Investigaciones Sociojurídica
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