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El Derecho Argentino frente a la pandemia y post-pandemia COVID-19. TOMO II
La Facultad de Derecho de la Universidad Nacional de Córdoba no podía permanecer indolente frente a la conmoción que, durante este año 2020, ha provocado en el mundo la pandemia de COVID-19. Como comunidad educativa advertíamos que la prioridad máxima era lograr la continuidad de la labor de nuestra Casa de Estudios, para garantizar a nuestros alumnos del grado y del posgrado, el ejercicio de su derecho a estudiar, continuando y en algunos casos iniciando sus estudios, a pesar de las condiciones adversas que se vivían. Con esa finalidad convocamos a los profesores titulares de todas las cátedras y eméritos y consultos que quisieran hacerlo, a sumarse con sus aportes a esta construcción colectiva, que aborda los temas que nos ocupan desde las diversas perspectivas de las distintas áreas del mundo jurídico. Y la desinteresada respuesta positiva no se hizo esperar. Prueba de ello es este libro cuyas dimensiones, tanto en lo cuantitativo como en lo cualitativo, superaron las expectativas iniciales. La jerarquía de los autores que generosamente han participado con sus contribuciones, en algunos casos en forma individual y en otros acompañados por sus equipos de colaboradores, permiten prever que esta obra ha de brindar elementos de juicio de gran utilidad para continuar construyendo el mundo jurídico, dentro de la pandemia y después de ella.ÍNDICE GENERAL. TOMO II. DERECHO CONSTITUCIONAL. "Emergencias, orden constitucional y COVID-19 en Argentina" por Antonio María Hernández. "Una constitución para todas las épocas. Algunas notas sobre el Derecho Constitucional en tiempo de pandemia" por Guillermo E. Barrera Buteler, Magdalena I. Álvarez, José M. Pérez Corti y Victorino Solá. Pandemia y constitución en la Argentina actual. Reflexiones desde la Cátedra “B” de Derecho Constitucional Facultad de Derecho. Universidad Nacional de Córdoba. I. Introducción. Breves comentarios sobre este texto y “lo constitucional” en los tiempos actuales en Argentina por Andrés Rossetti. II. Nociones sobre el Cuidado y el Modo de Ser en el Mundo por Marta Faur. III. Impacto de la pandemia en la dicotomía público/privado en Argentina por Claudio E. Guiñazú. IV. Preocupaciones constitucionales en tiempos de pandemia: desigualdad y emergencia. La necesidad de repensar los mecanismos decisorios por Romina Verri. V. Derechos laborales y gremiales de los trabajadores estatales durante la emergencia sanitaria por Félix A. López Amaya. VI. La coordinación intergubernamental frente al COVID-19 en experiencias de países federales por Marcelo Bernal. "Cuando el centro está afuera de la figura. -República, desequilibrio de poderes y emergencia-" por Pablo Riberi. "Pandemia y estado de excepción" por Miguel Ángel Ortiz Pellegrini. DERECHO PENAL. "La emergencia sanitaria en contextos de encierro carcelario" por Carlos Julio Lascano. "COVID-19 y cárceles argentinas" por Gustavo A. Arocena. DERECHO INTERNACIONAL PUBLICO. "La confrontación entre Estados Unidos de América y China en tiempos de COVID-19 y el Derecho Internacional Público" por Zlata Drnas de Clément. "El rol del principio de cooperación internacional durante la pandemia y en el período post-COVID 19" por María Alejandra Sticca. "COVID-19, crímenes internacionales y amenazas a la paz: ¿integran las pandemias el ámbito material de la responsabilidad de proteger?" por Luciano Pezzano. "Incidencia de la pandemia covid 19 en derechos fundamentales. Las organizaciones internacionales y la seguridad de los estados" por Christian G. Sommer, María Pilar Llorens, Oscar Benítez y Guillermo Costilla. DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO. "El COVID-19 y la cooperación jurídica internacional" por Adriana Dreyzin de Klor. "El COVID-19 y las nuevas formas de celebración del matrimonio" por Carlos E. Echegaray de Maussion. "Pandemia y solicitudes de retorno de menores por traslados ilícitos en sustracción de niños: ¿es la COVID-19 una excepción de riesgo grave?" por Myriam Diana Lucero. "Justicia, aislamiento y videoconferencia la experiencia del Derecho Internacional Privado en desandar barreras: guía de buenas prácticas de la conferencia de La Haya 2019" por Carolina Harrington. "Restitución internacional de niños. La excepción de grave riesgo y COVID-19" por Laura Martina Jeifetz. "El Derecho Internacional Privado y el desafío frente a los grupos más vulnerables en el marco del COVID-19" por Cristina Britos. "La responsabilidad social empresaria de las empresas multinacionales como herramienta para enfrentar la pandemia COVID-19" por Candela Noelia Villegas. DERECHO ADMINISTRATIVO. "Los deberes cívicos frente a la pandemia COVID 19" por José Luis Palazzo. "Importancia del rol y la gestión del Poder Judicial en tiempos de coronavirus – COVID-19" por Domingo J. Sesin y Daniela S. Sosa. DERECHO DEL TRABAJO Y DE LA SEGURIDAD SOCIAL. "Las relaciones laborales en la emergencia" por Carlos Alberto Toselli.Fil: Hernández, Antonio María. Universidad Nacional de Córdoba. Facultad de Derecho; Argentina.Fil: Barrera Buteler, Guillermo Eduardo. Universidad Nacional de Córdoba. Facultad de Derecho; Argentina.Fil: Álvarez, Magdalena I. Universidad Nacional de Córdoba. Facultad de Derecho; Argentina.Fil: Pérez Corti, José M. Universidad Nacional de Córdoba. Facultad de Derecho; Argentina.Fil: Solá, Victorino. Universidad Nacional de Córdoba. Facultad de Derecho; Argentina.Fil: Rossetti, Andrés. Universidad Nacional de Córdoba. Facultad de Derecho; Argentina.Fil: Faur, Marta. Universidad Nacional de Córdoba. Facultad de Derecho; Argentina.Fil: Guiñazú, Claudio E. Universidad Nacional de Córdoba. Facultad de Derecho; Argentina.Fil: Verri, Romina. Universidad Nacional de Córdoba. Facultad de Derecho; Argentina.Fil: López Amaya, Félix A. Universidad Nacional de Córdoba. Facultad de Derecho; Argentina.Fil: Bernal, Marcelo. Universidad Nacional de Córdoba. Facultad de Derecho; Argentina.Fil: Bernal, Marcelo. Universidad Nacional de Córdoba. Facultad de Ciencias Sociales. Centro de Estudios Avanzados; Argentina.Fil: Riberi, Pablo. Universidad Nacional de Córdoba. Facultad de Derecho; Argentina.Fil: Ortiz Pellegrini, Miguel Ángel. Universidad Nacional de Córdoba. Facultad de Derecho; Argentina.Fil: Lascano, Carlos Julio. Universidad Nacional de Córdoba. Facultad de Derecho; Argentina.Fil: Arocena, Gustavo A. Universidad Nacional de Córdoba. Facultad de Derecho; Argentina.Fil: Drnas de Clément, Zlata. Universidad Nacional de Córdoba. Facultad de Derecho; Argentina.Fil: Sticca, María Alejandra. Universidad Nacional de Córdoba. Facultad de Derecho; Argentina.Fil: Pezzano, Luciano. Universidad Nacional de Córdoba. Facultad de Derecho; Argentina.Fil: Universidad Nacional de Córdoba. Facultad de Ciencias Sociales; Argentina.Fil: Sommer, Christian G. Universidad Nacional de Córdoba. Facultad de Derecho; Argentina.Fil: Sommer, Christian G. Universidad Católica de Córdoba. Facultad de Derecho. Instituto de Derechos Humanos; Argentina.Fil: Llorens, María Pilar. Universidad Nacional de Córdoba. Facultad de Derecho; Argentina.Fil: Benítez, Oscar. Universidad Nacional de Córdoba. Facultad de Derecho; Argentina.Fil: Costilla, Guillermo. Universidad Nacional de Córdoba. Facultad de Derecho; Argentina.Fil: Salas, Graciela R. Universidad Nacional de Córdoba. Facultad de Derecho; Argentina.Fil: Mortarotti, Pablo César. Universidad Nacional de Córdoba. Facultad de Derecho; Argentina.Fil: Mortarotti, Pablo César. Universidad Católica de Córdoba; Argentina.Fil: Mortarotti, Pablo César. Universidad Siglo 21; Argentina.Fil: Dreyzin de Klor, Adriana. Universidad Nacional de Córdoba. Facultad de Derecho; Argentina.Fil: Dreyzin de Klor, Adriana. Universidad Blas Pascal; Argentina.Fil: Lucero, Myriam Diana. Universidad Nacional de Córdoba. Facultad de Derecho; Argentina.Fil: Harrington, Carolina. Universidad Nacional de Córdoba. Facultad de Derecho; Argentina.Fil: Jeifetz, Laura Martina. Universidad Nacional de Córdoba. Facultad de Derecho; Argentina.Fil: Britos, Cristina. Universidad Nacional de Córdoba. Facultad de Derecho; Argentina.Fil: Villegas, Candela Noelia. Universidad Nacional de Córdoba. Facultad de Derecho; Argentina.Fil: Villegas, Candela Noelia. Consejo Nacional de Investigaciones Científicas y Técnicas. Centro Científico Tecnológico Córdoba; Argentina.Fil: Zavatti, Adriana M. Universidad Nacional de Córdoba. Facultad de Derecho; Argentina.Fil: Bottiglieri, María G. Universidad Nacional de Córdoba. Facultad de Derecho; Argentina.Fil: Fernández, Flavia. Universidad Nacional de Córdoba. Facultad de Derecho; Argentina.Fil: Gordillo Reinalde, Laura Andrea. Universidad Nacional de Córdoba. Facultad de Derecho; Argentina.Fil: Palazzo, José Luis. Universidad Nacional de Córdoba. Facultad de Derecho; Argentina.Fil: Sesin, Domingo J. Universidad Nacional de Córdoba. Facultad de Derecho; Argentina.Fil: Sosa, Daniela S. Universidad Nacional de Córdoba. Facultad de Derecho; Argentina.Fil: Giménez, Laura E. Universidad Nacional de Córdoba. Facultad de Derecho; Argentina.Fil: Tello Roldan, María Cecilia. Universidad Nacional de Córdoba. Facultad de Derecho; Argentina.Fil: Toselli, Carlos Alberto. Universidad Nacional de Córdoba. Facultad de Derecho; Argentina.Fil: Echegaray de Maussion, Carlos E. Universidad Nacional de Córdoba. Facultad de Derecho; Argentina
Pandemia y constitución en la Argentina actual. Reflexiones desde la Cátedra “B” de Derecho Constitucional Facultad de Derecho. Universidad Nacional de Córdoba
La idea de solicitar a una cátedra en su conjunto la elaboración de un único texto es particularmente especial porque estimula la confrontación de ideas entre sus integrantes, cosa que prácticamente no sucede -o al menos no sucede por cómo está estructurado el sistema de cátedras en la Facultad de Derecho de la UNC, pese a que puede suceder por iniciativas
y “micro-realidades” en algunas de sus cátedras- en el ámbito de nuestra Facultad. En efecto, las cátedras son, más bien, un conjunto de docentes aglutinadxs, principalmente, por razones de tipo burocrático-administrativo en donde cada docente -más allá del programa y la bibliografía de la materia que se supone debe seguir, tenga la jerarquía que tenga en el interior de la cátedra- suele hacer lo que desea con su curso ya que tiene las mismas características en todos los casos, se trate de una o un profesor/a titular, adjuntx o asistente. Las cátedras no se suelen formar y unificar, con algunas pocas excepciones, teniendo en cuenta el enfoque de lo jurídico, las coincidencias variadas o por otras razones “razonables” para nuclear a sus integrantes sino, como dije, ello sucede principalmente por un mero mecanismo administrativo. Esto no es lo deseable en la universidad cuna
de la reforma universitaria pero en nuestra unidad académica es así. Por tanto, reitero, una iniciativa como ésta viene, en algún sentido, a facilitar una “ruptura” con ese esquema administrativo y permite abrir un diálogo especial al interno de la cátedra, que considero positivo.Fil: Rossetti, Andrés. Universidad Nacional de Córdoba. Facultad de Derecho; Argentina.Fil: Faur, Marta. Universidad Nacional de Córdoba. Facultad de Derecho; Argentina.Fil: Guiñazú, Claudio E. Universidad Nacional de Córdoba. Facultad de Derecho; Argentina.Fil: Verri, Romina. Universidad Nacional de Córdoba. Facultad de Derecho; Argentina.Fil: López Amaya, Félix. Universidad Nacional de Córdoba. Facultad de Derecho; Argentina.Fil: Bernal, Marcelo. Universidad Nacional de Córdoba. Facultad de Derecho; Argentina.Fil: Bernal, Marcelo. Universidad Nacional de Córdoba. Facultad de Ciencias Sociales. Centro de Estudios Avanzados; Argentina