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    La atribución jurisdiccional de los ingresos en el convenio multilateral

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    La actividad que desarrolla un contribuyente en más de una jurisdicción, a través de un proceso único y económicamente inseparable, hace que los ingresos brutos que se originen sean atribuidos a todas ellas. Con lo que sus ingresos quedarán sujetos a la potestad tributaria de más de un fisco. Por "jurisdicciones", aquí debemos entender que el término comprende tanto a las provincias y a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, si nos referimos al Impuesto sobre los Ingresos Brutos, como a los distintos municipios de una provincia, si hacemos alusión a la Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene o denominación equivalente.Fil: Sobré, Ignacio Sanmartín. Universidad Nacional de Mar del Plata. Facultad de Ciencias Económicas y Sociales; Argentina
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