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What was left unsaid : the unconstitutionality of the performing animals protection act in NSPCA V Minister of Agriculture, Forestry and Fisheries [2013] ZACC 26
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Business and Human Rights: The responsibilities of corporations for the protection and promotion of human rights
Corporations have a strong impact on the realisation of human rights. "In terms of potential impact, decisions and activities of many large multinational corporations are capable of doing more harm to persons and resources in ways that thwart human rights than decisions and activities of some nation-states". These impacts are not merely confined to labour rights and environmental impact but span the full panoply of fundamental rights. In this context, it becomes necessary for those concerned with fundamental rights to address the responsibilities of corporations for the protection and promotion of human rights. A number of questions immediately present themselves:Do corporations have responsibilities for the realisation of human rights? If so, on what basis do corporations have such responsibilities?What is the content of the duties that corporations have for the realisation of fundamental rights?What legal mechanisms should be adopted to enforce the responsibilities of corporations for the protection of fundamental rights
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Why conservation and sustainability require protection for the interests of animals
International law has had very little to say directly about the protection of animals and their interests. Nevertheless, there are a number of international agreements that have important implications for animals, such as CITES, which addresses issues relating to endangered species, and CBD, which focuses on the protection of biological diversity. The core concepts utilized in these treaties are notions such as ‘conservation’ and ‘sustainable utilisation’. In this chapter, I identify two approaches to interpreting these ideas. The ‘aggregative’ approach focuses on broad collective environmental goals such as the long-term survival of a species, the health of ecosystems and conserving biodiversity. The ‘integrative’ approach requires the adoption of an attitude of respect to the individuals that make up a species, an eco-system or the components of biodiversity. I argue that the integrative approach is preferable and only it can in fact succeed in achieving the very collective goals that the aggregative approach advocates. That means, in turn, that concepts like ‘conservation’ and ‘sustainable use’ are not to be understood in a manner that excludes the interests of individual animals but must be interpreted to include respect for individual creatures. Notions at the heart of international environmental law thus are not separate from those engaged in ethical theory relating to the interests of animals but integrated with those concerns. I contend, ultimately, that the goals currently contained within international environmental law must be integrated with a direct focus on the protection of individual animal interests intrinsically if the very purposes of those laws are to be attained
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Towards a defensible relationship between the content of socioeconomic rights and the separation of powers: conflation or separation?
One of the most controversial topics in the debates surrounding socio-economic rights concerns the appropriate role of judges in adjudicating upon disputes surrounding them. One response has been to modify the content of socio-economic rights in order to give effect to a modest conception of the judicial role in their adjudication. This chapter examines what the appropriate relationship should be between institutional concerns relating to the separation of powers and a determination of the content of fundamental rights. First, the paper illustrates the manner in which separation of powers considerations have influenced the ‘reasonableness’ approach to the adjudication of socio-economic rights that has been adopted in the jurisprudence of the South African Constitutional Court. Secondly, it is argued that the conflation of these two sets of concerns is unjustifiable both conceptually – where two incommensurable sets of issues are not adequately distinguished – and, normatively, in terms of the weakening of the entitlements that invariably results. Having argued against such a conflation, it is contended lastly that there is indeed a relationship between the two sets of issues. Centrally important to the argument will be the claim that we must distinguish reasoning relating to fundamental rights from reasoning relating to the obligations which flow from such rights. Institutional and agent-centred considerations are inappropriate when constructing the substance of a constitutional entitlement; they may legitimately enter into the picture when the concrete obligations flowing from such a right are under consideration. The primacy of fundamental rights entails that an understanding of their content is necessary in order to evaluate any reasons for the attenuation of the obligations flowing from them and the ‘separation of powers’ questions that may arise in this context. A substantive understanding of fundamental rights thus provides one key set of normative considerations that conditions the application of the separation of powers doctrine rather than the other way round
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Avoidance remains avoidance: is it desirable in socio-economic rights cases?
Ray’s Nuanced Thesis Brian Ray has produced a remarkable and sophisticated paper analysing the recent Constitutional Court decisions on evictions. Ray focuses on the adjudication techniques employed by the Constitutional Court and situates the discussion in light of the debate around the appropriate judicial role in socio-economic rights cases.1 His thesis is multi-layered. In essence, he argues that the Constitutional Court’s approach is one that often avoids directly providing strong substantive content to constitutional provisions. Instead, the Court uses a variety of ‘avoidance techniques’ which are procedural in nature yet often produce pro-poor outcomes
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Citizenship and community: exploring the right to receive basic municipal services
One of the key roles of a constitution is to specify the framework within which a society will be governed. This requires some understanding of the function and role of governance in relation to citizens. Yet, how are we to think of the relationship between a government and its citizens? The dominant model in political philosophy has conceived of there as being some form of social contract between government and its citizens
Principios, ponderación y pretensión de corrección en el constitucionalismo discursivo de Robert Alexy
La obra de Robert Alexy ha tenido una amplia repercusión en
la filosofía del derecho y el derecho constitucional contemporáneo.
Este volumen incorpora varios ensayos de profesores
procedentes de diferentes partes del mundo y cuyo estudio sobre
diversos aspectos del pensamiento de Alexy es indispensable.
El primer ensayo de Giogio Bongiovanni, profesor de la
Universidad de Bolonia, Italia, no ofrece una interpretación del
libro de Alexy Begriff und Geltung des Rechts, un famoso texto en
el cual se contrapone el constitucionalismo y el legalismo. En el
referido libro, “Alexy propone un constitucionalismo “templado”
(gemäßigten Konstitutionalismus), es decir, una teoría jurídica
que, a partir de una interpretación por “valores” de los sistemas
constitucionales, intenta mediar la dimensión moral del derecho
con sus caracteres institucionales”.
La referida interpretación por “valores” de Alexy tiene dos
consecuencias: “por un lado, que, en base a esta consideración
de la Constitución, el derecho no se reduce a la ley, sino que el
primer concepto tiene un ámbito más amplio en relación a estos
principios; por otro lado, que todas las actividades de aplicación
del derecho no pueden ser consideradas como de simple subsunción
del caso a la norma sino que la decisión jurisprudencial debe
ser vista como una actividad de ponderación y balanceo de los
distintos principios respecto a los casos. En el lado opuesto del
legalismo, que a partir de las primeras posiciones de E. Forsthoff
llega hasta las consideraciones de E.W. Böckenförde, aparecen diferentes objeciones a esta interpretación de la Constitución y
los derechos”.
Según afirma Bongiovanni, se pueden indicar cuatro direcciones
de análisis. En primer lugar, Schmitt entendió que la
referencia a los valores en la interpretación del Derecho conduce
a la negación del pluralismo y, por tanto, a la formación de jerarquías
de valores y disvalores.
En segundo lugar, los valores significarían el desplazamiento
de los espacios de deliberación social pues implicarían el decisionismo
de los jueces y un amplio margen para la discrecionalidad
política.
En tercer lugar, según Forsthoff al recurrir a los valores, se
extiende incontroladamente el ámbito de intervención del Estado
en la vida social.
Finalmente, desde el punto de vista del positivismo jurídico,
recurrir a los valores significaría la pérdida de la certidumbre en
el Derecho y, por tanto, la afectación de un valor tan importante
como la seguridad jurídica.
Pero retomemos la idea de Alexy de un constitucionalismo
templado, el cual se resumen en tres argumentos: a) El autor
propone una teoría de corte no - positivista fundamentada en
una conexión débil entre derecho y moral; b) Una teoría de esta
naturaleza implicaría la ampliación del concepto de derecho en
sus aspectos procesales; c) En tercer lugar, sobre el problema
de quién decide, la teoría propuesta señala la existencia de una
jerarquía de los argumentos en la interpretación que medien
entre reglas y principios.
En la obra de Alexy “la tesis de la conexión se construye
en contraposición con la conocida tesis positivista de la separación.
Para este último el derecho puede tener cualquier
contenido y, por este motivo, no incluye elementos morales, o, más concretamente, sostiene que no existe una necesaria
conexión conceptual entre derecho y moral. El concepto de
derecho es por ello definible, en esta última perspectiva sobre la
base de dos elementos fundamentales: la positividad (concepto
de derecho como legislación) y la eficacia. La tesis de la conexión
se desarrolla en relación a dos casos: en primer lugar, respecto a
la ley injusta. Esto corresponde, en la visión de Alexy, a los casos
excepcionales; en segundo lugar, frente al perfeccionamiento del
derecho, es decir, para su funcionamiento ordinario”.
Ahora bien, en la teoría de Alexy el papel desempeñado por
el poder judicial está estrechamente relacionado al centro del
argumento de los principios. “Alexy sostiene que sobre la base
de la complicación estructural del derecho introducida por los
sistemas democrático-constitucionales (incorpación de los principios
en el sistema jurídico), el rol del juez se convierte en no
más que un simple ejecutor del derecho, sino que su función se
amplía en dirección del balanceo entre diversos principios”.
En gran medida, la concepción del rol de los jueces en el
constitucionalismo está definido por la conexión entre derecho y
moral desarrollado a partir de tres tesis: la tesis de la incorporación,
la tesis de la moral y la tesis de la corrección.
Asimismo, la interpretación se define según dos dimensiones
una práctico/normativa y otra institucional. Desde la dimensión
práctico/normativa la interpretación tiene por objeto lo obligatorio,
prohibido, permitido y autorizado en las normas jurídicas;
y la dimensión institucional tiene lugar en un contexto autoritativo,
es decir, que en caso de divorcio hay una instancia que
decide con efecto vinculante.
Como afirma Bongiovanni “si se considera globalmente el
enfoque alexiano, parece evidente que buena parte de sus tesis
relativas a la conexión entre derecho y moral no son otra cosa
que una aplicación de la Sonderfallthese, la tesis es que el discursojurídico forma parte del discurso práctico racional (Alexy 1998).
Esta premisa permite a Alexy sostener tanto la pretensión de
corrección, como la idea de la interpretación como argumento,
es decir, como caso especial de “la argumentación práctico
general o del discurso práctico general”.
Si observamos detalladamente, sería la tesis del caso especial
la que posibilita la configuración del problema de la conexión
entre derecho y moral. Aunque, se debe reconocer que esto no
parece convincente porque, siguiendo a Bongiovanni, la tesis de
la conexión puede estar basada en argumentos de tipo empírico
o histórico-evolutivo. “Esta segunda vía, que privilegia el dato
de la incorporación de los principios al interior de los sistemas
jurídicos contemporáneos, permite, además, la conjugación de
las consideraciones de Alexy con todas las teorías de derivación
positivista que en la consideración de la simple validez formal
de las normas han añadido la necesidad de la valoración de su
validez material”.
El ensayo David Bilchitz, profesor de la Universidad de Johannesburgo,
Sudáfrica, está concentrado en el análisis de uno de
los pasos del test de proporcionalidad: el examen de necesidad.
Para Bilchitz, “la proporcionalidad, en última instancia, trata de
evaluar los beneficios obtenidos por la medidas de infracción
contra los daños causados por violar los derechos fundamentales.
Los jueces han desarrollado un proceso de razonamiento
para dar estructura a dicho análisis. La primera parte de este
proceso implica considerar el propósito de la medida que limita
un derecho fundamental”.
En su ensayo, Bilchitz desarrolla una interpretación estricta
de la necesidad y las diversas dificultades que se producen,
para ello divide los elementos de esta interpretación en cuatro
sub-componentes: el componente posible que es “una gama de
posibles alternativas a las medidas que el gobierno quiere empleardeben ser identificadas”, el componente instrumental que es “la
relación entre la medida gubernamental bajo consideración,
las alternativas identificadas en SN1 [el componente posible] y
el objetivo que se pretende lograr debe ser determinado. Sólo
aquellos que son “alternativas” igualmente eficaces para lograr
el objetivo deben seguir siéndolo para su consideración en las
siguientes partes del examen”; el impacto del componente, en el
cual “las diferentes repercusiones en los derechos fundamentales
de la medida y las alternativas identificadas en SN2 [el impacto
del componente] deben ser determinadas; y, el componente
comparativo, el cual indica que “una comparación global debe
ser emprendida entre la medida gubernamental y las posibles
alternativas y un juicio sobre si la medida adoptada por el
gobierno es la menos restrictiva de los derechos en cuestión que
pueda lograr el objetivo del gobierno en comparación con todas
las otras posibles alternativas igualmente eficaces”.
En su ensayo, Bilchitz ha querido analizar y profundizar en
el componente de la necesidad del principio de proporcionalidad.
Con tal finalidad, explica lo que ha denominado como
la interpretación estricta de la necesidad, asimsimo, demuestra
que una interpretación estricta de la necesidad puede generar
dos problemas opuestos: “o se considera demasiado fuerte la
deferencia sustancial por parte de los tribunales de otras ramas o
es demasiado débil, como resultado de una construcción estricta
del componente de igual efectividad”.
Del mismo modo, el autor reflexiona sobre la interpretación
estricta de la interpretación en cuatro partes y examina cada una
de ellas, pudiendo demostrar que en cada parte se presentan
juicios cualitativos y normativos que implican que la interpretación
estricta no puede justificarse adecuadamente. Por ello, el
autor es partidario de una interpretación moderada del examen
de necesidad
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