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    RESPONSABILIDAD PATRIMONIAL DE LA ADMINISTRACION EN CASOS DE VIOLENCIA DE GENERO

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    En el presente trabajo, me dispongo a dar tratamiento a un tema jurídico y social que, bajo mi punto de vista, en la actualidad, ha adquirido una gran relevancia, aunque negativa. El asunto a tratar es la posibilidad de que la Administración pública española sea o pueda ser declarada responsable patrimonialmente de aquellos daños causados en casos de violencia de género en los cuales -por existencia de lagunas jurídicas y procedimentales- contribuye a un resultado fatídico y, en ocasiones, desconcertante. Sobre este particular, se plantean diversos interrogantes. ¿Es España diligente en la lucha contra la violencia de género? ¿Está el Estado cumpliendo con la diligencia debida a la hora de asegurar la no discriminación a la mujer o a los hombres? ¿Debería ser la Administración la primera responsable cuando su acción u omisión contribuyen a que se produzca un resultado dañoso? ¿O es que verdaderamente la Administración no tiene cauces legales y procesales que puedan evitar los daños? Estas y otras cuestiones serán tratadas a lo largo de este trabajo de fin de máster, siempre desde el punto de vista del Derecho Administrativo. <br /
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