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Una cuestión vigente: la exigibilidad como presupuesto de la culpabilidad
11 p.El principio de culpabilidad posibilita al Estado aplicar una sanción por intermedio de la Rama Judicial penal; luego, dicho principio ha de responder a la forma que proyecta el respectivo Estado. En nuestra tradición occidental, un Estado social y democrático de Derecho no podría permitir que sus ciudadanos fueran juzgados y condenados conforme a una responsabilidad exclusiva de carácter objetivo, pues las reglas de esa forma de Estado exigen que también se haga el análisis subjetivo del imputado, en orden a denotar si actuó con culpabilidad en alguna de sus manifestaciones (imprudencia, dolo). Con el paso del tiempo, la relevancia práctica del principio de culpabilidad ha ido decayendo. En efecto, la tendencia de las legislaciones procesales penales a soluciones negociadas del conflicto social, aplicaciones de principio de oportunidad, aceptación de cargos y otras formas de terminar el proceso penal por una vía diferente al juicio oral han sido fundamentos de la sanción y dejan de lado el aspecto basilar de la culpabilidad en el momento de imponer la pena.La situación del principio de culpabilidad
La exigibilidad, presupuesto de la culpabilidad en el Estado social y democrático de Derecho
La relación entre el Estado y el ciudadano
Conclusió
Línea jurisprudencial. La presunción que gobierna el ejercicio de las actividades peligrosas –y su importancia en el ámbito probatorio- cuando de la imputación de responsabilidad civil extracontractual se trata
La línea estudiada se muestra como de “discensos agudos”, debido a los extremos que cada una de las tesis vienen planteando en relación con las actividades peligrosas y su gobierno mediante la figura procesal de la presunción. Acá debe recordarse, que si bien la última decisión adoptada por la Corte se inclina hacia la existencia de una presunción de culpabilidad, esta se toma con un estrecho margen decisorio, pues, quienes para el 2010 aclaran su voto, son los mismos que un año antes perfilaron su decisión hacia la inexistencia de aquella, postura que para aquel momento, fue objeto también de aclaración de parte de quienes hoy pregonan la existencia de una presunción de culpabilidad. Se advierte entonces el surgir de una tesis nueva –direccionada hacia la inexistencia de cualquier tipo de presunción en torno a las actividades peligrosas- que entra a disputar un lugar en la clásica discusión probatoria –itérese- cimentada en la presunción -y que en el pasado se trabara con exclusividad- en torno a la culpabilidad y a la responsabilidad
Valoración de la prueba pericial para determinar la culpabilidad en casos de reincidencia en falsedad documental. Barranquilla 2008-2011
El objetivo de esta tesis es analizar los criterios empleados por el juez en la valoración de la prueba pericial (caligráfica) en la determinación de la culpabilidad en los casos donde se presenta reincidencia en el delito de falsedad documental
El principio de culpabilidad y neurociencia
Nuestro sistema de atribución de la responsabilidad tiene como pilar la libertad de actuación o libre albedrío en la persona, y por medio de este trabajo presento la importancia del sujeto libre y racional en el derecho penal. Reconocer la libertad de actuación no sólo significa que la persona tuvo elección, sino que los efectos de este reconocimiento se extienden a una esfera aún más relevante. Se trata del reconocimiento de la condición de persona, de la integridad y dignidad de la misma en una sociedad. Cuando la neurociencia accede a las fronteras del Derecho Penal lo hace posicionándose en una postura determinista, donde la persona es un conjunto de procesos neuronales encaminados a una acción predeterminada, en un estado previo a nuestra consciencia. A partir de ahí se explicaría la razón para un tratamiento diferenciado, especial y preventivo. Sin embargo esta posición no es nueva, a finales del siglo XIX, con la Escuela Positiva Italiana, pretendió cambiar el rumbo penal hacia un punto de vista criminológico más concienciado por el estudio antropológico de un sujeto físico-biológico; tendente a una conducta delictiva causada por una patología socio criminal. Actualmente el debate sigue latente y, neurocientíficos como el profesor Francisco Rubia, afirman la creencia por parte de la sociedad, de vivir en una ilusión de realidad. Él mismo proclama que, en caso de demostrarse la inexistencia de la libertad, su implicación se extendería a campos esenciales en la vida, como pueden ser la teología, la sociología o la filosofía. Además, resulta interesante observar cómo el neurodeterminismo tendría un perfecto encaje en una posición funcional, pudiendo propiciarse en un Derecho Penal del Enemigo, sobre la base de una mayor peligrosidad del individuo por sus características genéticas o neurológicas. En este caso el peligro radica en la posible aplicación de un sistema sin garantías al sujeto-enemigo, paralelas a las de cualquier ciudadano-persona. Es por ello que, mi crítica al neurodeterminismo en la ciencia penal se construye en base a una defensa de nuestro principio de culpabilidad. Evocar la libertad del hombre significa afirmar su propia existencia, la condición de ser racional, digno e íntegro para vivir en sociedad y ser responsable en la elección de sus decisiones. Un hombre libre da sentido a las leyes, creando una comunicación entre éstas y sus receptores, sobre la base del reconocimiento íntegro de la persona.Our system of assigning responsibility is a pillar of freedom of action and free will in the person, and through this work I present the importance of free and rational subject in criminal law. Recognize freedom of action not only means that the person had choice, but that the effects of extending this recognition even more important sphere. It is the recognition of personhood, integrity and dignity of the same in a society. When neuroscience access boundaries of criminal law makes positioning in a deterministic position where the person is a set of neural processes to a default action in a state prior to our consciousness. From there it would explain the reason for differentiation, special and preventive treatment. But this position is not new, in the late nineteenth century with the Italian Positive School, tried to change the course to a criminal criminological point of view more aware of the anthropological study of physical-biological subject; aimed at criminal conduct criminal pathology caused by socio. Currently the debate remains latent and neuroscientists as Professor Francisco Rubia, say the belief by society, living in an illusion of reality. He proclaims that, if demonstrated the absence of freedom, their involvement would extend to key areas in life, such as theology, sociology and philosophy. Moreover, it is interesting to note how the neurodeterminismo have a perfect fit in a functional position and may be fostered in Criminal Law of the Enemy, on the basis of a higher risk for their individual genetic or neurological features. In this case, the danger lies in the possible application of a system without collateral to the subject-enemy, parallel to those of any citizen-person. That is why, in my critique neurodeterminismo penology is constructed based on a defense of our principle of guilt. Evoking the freedom of man is to affirm his own existence, the condition of being rational, decent and honest to live in society and be responsible in choosing their decisions. A free man gives meaning to the law, creating a communication between them and their recipients on the basis of full recognition of the person
El principio de culpabilidad en el derecho disciplinario, un concepto en construcción
Teniendo en cuenta que el Derecho Disciplinario se basa en un sistema de números abiertos que permite una mayor flexibilidad en la calificación de conductas sancionables por parte del operador disciplinario, el presente trabajo muestra las posturas de la Corte Constitucional, Consejo de Estado y Procuraduría General de la Nación en el ámbito del Derecho Disciplinario, en el tema del principio de culpabilidad, específicamente sobre la forma de calificación, bien sea de manera dolosa o culpos
Las causas de culpabilidad del concurso: cláusula general y presunciones
En el trabajo se analizan los distintos supuestos que pueden originar la calificación culpable del concurso. Comenzamos con el análisis de la cláusula general de culpabilidad, que ha sido recientemente reformada, para continuar con las presunciones legales, que tratan de superar las dificultades probatorias que se podrían suscitar en esta sección. ABSTRACT: This paper analyzes the various hypotheticals which may result in a guilty bankruptcy. We begin by examining of the general clause of guilt, which has been recently modified, to continue with the legal presumptions which try to overcome the difficulties of evidence that could arise in this section
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