Con la Constitución Política de 1991, se introdujo en el sistema jurídico colombiano un nuevo
paradigma de interpretación a partir del cual la Constitución, como norma de normas, fija los
límites para que el sistema normativo estructure las directrices que rigen la organización de
nuestro país. Ante este inevitable fenómeno jurídico, nuestro sistema tributario no fue ajeno y
fue el Artículo 338 de la Carta Política el encargado de sentar las bases para la reglamentación a
nivel nacional y territorial de las normas tributarias.2019-09-10: Cambio masivo teniendo en cuenta las recomendaciones de OpenAIRE para cambiar el embargo de las tesis del plan de poblamientoinfo:eu-repo/date/embargoEnd/2021-01-2
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