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    La elaboración, interpretación y aplicación de los tratados internacionales en el Derecho Español

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    Treball Final de Grau en Dret. Codi: DR1052. Curs: 2013/2014En este trabajo se tratará el tema de la elaboración, interpretación y aplicación de los tratados internacionales en el Derecho Español, tanto en la actualidad, como en el futuro, con la reforma que se va a producir. Se tratarán aspectos relacionados con la formación de los tratados internacionales, como se aplican estos tratados y su interpretación. Además, se hará un análisis crítico del nuevo Proyecto de Ley de Tratados y Otros Acuerdos Internacionales con respecto a la legislación actual. Se hablará de este tema porque es considerado de vital importancia teniendo en cuenta la situación actual en la que se encuentra España en esta materia. No solo por la situación actual que presenta nuestro país hay que abordar este tema, también hay que abordarlo por estar en proyecto una nueva Ley (Proyecto de Ley de Tratados y otros Acuerdos Internacionales) que colmará una necesidad que existe en España desde hace ya varios años. Primero de todo, se partirá de un concepto básico de Tratado y siguiendo el esquema del Convenio de Viena de 1969, se irá desarrollando ese concepto, desde la formación de los tratados hasta la terminación de los mismos. Después de tener conocimiento de lo que es un Tratado Internacional se tendrán que estudiar las diferentes fases de celebración de los tratados internacionales. Tras conocer las fases de celebración de los tratados internacionales, se hará referencia al “cómo” se aplican los tratados internacionales y por ende, a la irretroactividad de los mismos. Dentro de la aplicación de los tratados, se harán comparaciones con el nuevo Proyecto de Ley y se estudiarán que normas tienen prioridad de aplicación frente a otras. Siguiendo el esquema del Convenio de Viena, se analizará la fase de interpretación de los tratados internacionales, que se sustenta gracias a las reglas de interpretación de reguladas en el artículo 31 del Convenio de Viena. Posteriormente, se abordará la posibilidad de que no se cumplieran alguno de los requisitos para la creación de los tratados internacionales o la posibilidad de que las partes quisieran modificarlo. Se estudiará la enmienda de los tratados internacionales regulada en el artículo 39 del Convenio de Viena, su regla general y también, la modificación de los tratados internacionales regulada en el artículo 41 del Convenio. Siguiendo el orden cronológico de las acciones, se analizarán las causas de nulidad y tipos de nulidad de los tratados internacionales con sus correspondientes efectos. Por ende, también se estudiará la suspensión de los tratados internacionales, así como la terminación de los mismos. Después de conocer el procedimiento actual de elaboración, interpretación y aplicación de los tratados internacionales, se analizará el nuevo Proyecto de Ley de Tratados y otros Acuerdos Internacionales con la legislación actual. Análisis realizado con el objetivo de explicar la gran necesidad de incorporar una norma nueva y actual, para conseguir adaptar toda nuestra legislación española a la cantidad de cambios que España a soportado en los últimos años. Para abordar este tema fundamental, lo primero que se tiene que estudiar es la legislación actual que regula la elaboración, interpretación y aplicación de los tratados internacionales. Esta legislación esta compuesta por el Decreto 801/1972 de 24 de marzo, la Constitución Española de 1978 y el Convenio de Viena de 1969. El Decreto 801/1972 de 24 de marzo, regula todos los aspectos relacionados sobre la actividad del Estado en materia de tratados internacionales y cuando se aprobó, consiguió ajustar las exigencias del Derecho Internacional con el ordenamiento jurídico español, pero el problema que existe actualmente, es que debido a la constante evolución en la que se encuentra el Derecho Internacional o la aparición de nuevos acuerdos internacionales, este Decreto ha quedado obsoleto y no puede hacer frente a los cambios tan drásticos que a experimentado España. La Convención de Viena de 1969, que entró en vigor para España el 27 de enero de 1980. Su objetivo fundamental fue codificar el derecho internacional consuetudinario de los tratados. A pesar de seguir considerándose como el tratado más importante y de seguir siendo un marco de referencia internacional, tampoco ha podido abarcar aspectos que están tomando importancia día a día en el ámbito internacional. Por último, la Constitución Española de 1978 dedica varios artículos a las relaciones internacionales y dispone que será el Rey, la persona responsable de representar a España internacionalmente, además de ser el responsable de aceptar que España se obligue por un Tratado Internacional. Además, también se realiza una enumeración de los Tratados que requerirán la previa autorización de las Cortes en la propia Constitución. Después de conocer la legislación actual, se compara con el nuevo Proyecto de Ley de Tratados y otros Acuerdos Internacionales, sin olvidar matizar de nuevo, el objetivo de la nueva Ley, como es conseguir regular de manera estructurada la labor del Estado en materia de acuerdos internacionales, siempre respetando las normas de la Constitución y el Derecho Internacional. Los puntos mas importantes que son objeto de estudio comparado con respecto a los tratados internacionales son: las disposiciones generales, la manifestación del consentimiento, la aplicación provisional, la publicación, la aplicación e interpretación de los tratados internacionales y por último, la denuncia y suspensión de los Tratados Internacionales. No obstante no sólo se regulan los tratados internacionales en este nuevo Proyecto de Ley, además señala los acuerdos internacionales administrativos, que se regulan en el artículo segundo apartado b) de esta norma y los acuerdos no normativos regulados en el artículo segundo apartado c) de la misma norma. Tras conocer los acuerdos que regula el nuevo Proyecto de Ley y siguiendo su propio esquema, también se habla de la celebración de acuerdos internacionales y de como participa el Estado en su celebración a través de diferentes procedimientos. Aquí se señala al Estado como único sujeto de Derecho Internacional, se habla de la participación de las Comunidades Autónomas en la celebración de tratados internacionales y finalmente la celebración de acuerdos internacionales administrativos y no normativos por las Comunidades Autónomas, las Ciudades de Ceuta y Melilla y las Entidades Locales. Por último, se analizan los comentarios realizados por la catedrática de Derecho Internacional Público del departamento de Derecho Internacional Público y Derecho Internacional Privado de la Facultad de Derecho de la Universidad Complutense de Madrid (Mangas Martín), los del catedrático de Derecho Internacional Público de la Universidad Autónoma de Madrid (Díez-Hochleitner Rodríguez) y los de la señora Miguélez Pariente acerca de este nuevo Proyecto de Ley de Tratados y otros Acuerdos Internacionales

    Anhedonia: una revisión conceptual.

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    La incapacidad para experimentar placer se encuentra en pacientes diagnosticados de esquizofrenia, depresión, trastorno obsesivo compulsivo, en algunas enfermedades neurológicas y como efecto secundario de determinados fármacos. La revisión de la literatura demuestra una notable confusión conceptual en la definición de dicho síntoma

    Anhedonia: una revisión conceptual.

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    La incapacidad para experimentar placer se encuentra en pacientes diagnosticados de esquizofrenia, depresión, trastorno obsesivo compulsivo, en algunas enfermedades neurológicas y como efecto secundario de determinados fármacos. La revisión de la literatura demuestra una notable confusión conceptual en la definición de dicho síntoma

    The tep1 gene of Sinorhizobium meliloti coding for a putative transmembrane efflux protein and N-acetyl glucosamine affect nod gene expression and nodulation of alfalfa plants

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    <p>Abstract</p> <p>Background</p> <p>Soil bacteria collectively known as <it>Rhizobium</it>, characterized by their ability to establish beneficial symbiosis with legumes, share several common characteristics with pathogenic bacteria when infecting the host plant. Recently, it was demonstrated that a <it>fadD </it>mutant of <it>Sinorhizobium meliloti </it>is altered in the control of swarming, a type of co-ordinated movement previously associated with pathogenicity, and is also impaired in nodulation efficiency on alfalfa roots. In the phytopathogen <it>Xanthomonas campestris</it>, a <it>fadD </it>homolog (<it>rpfB</it>) forms part of a cluster of genes involved in the <it>r</it>egulation of <it>p</it>athogenicity <it>f</it>actors. In this work, we have investigated the role in swarming and symbiosis of SMc02161, a <it>S. meliloti fadD</it>-linked gene.</p> <p>Results</p> <p>The SMc02161 locus in <it>S. meliloti </it>shows similarities with members of the Major Facilitator Superfamily (MFS) of transporters. A <it>S. meliloti </it>null-mutant shows increased sensitivity to chloramphenicol. This indication led us to rename the locus <it>tep1 </it>for <it>t</it>ransmembrane <it>e</it>fflux <it>p</it>rotein. The lack of <it>tep1 </it>does not affect the appearance of swarming motility. Interestingly, nodule formation efficiency on alfalfa plants is improved in the <it>tep1 </it>mutant during the first days of the interaction though <it>nod </it>gene expression is lower than in the wild type strain. Curiously, a <it>nodC </it>mutation or the addition of <it>N</it>-acetyl glucosamine to the wild type strain lead to similar reductions in <it>nod </it>gene expression as in the <it>tep1 </it>mutant. Moreover, aminosugar precursors of Nod factors inhibit nodulation.</p> <p>Conclusion</p> <p><it>tep1 </it>putatively encodes a transmembrane protein which can confer chloramphenicol resistance in <it>S. meliloti </it>by expelling the antibiotic outside the bacteria. The improved nodulation of alfalfa but reduced <it>nod </it>gene expression observed in the <it>tep1 </it>mutant suggests that Tep1 transports compounds which influence nodulation. In contrast to <it>Bradyrhizobium japonicum</it>, we show that in <it>S. meliloti </it>there is no feedback regulation of nodulation genes. Moreover, the Nod factor precursor, <it>N</it>-acetyl glucosamine reduces <it>nod </it>gene expression and nodulation efficiency when present at millimolar concentrations. A role for Tep1 in the efflux of Nod factor precursors could explain the phenotypes associated with <it>tep1 </it>inactivation.</p

    “INFLUENCIA DE LA DINÁMICA FAMILIAR SOBRE LA AUTOESTIMA EN UN ADOLESCENTE”

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    La autoestima es un tema que cada día ha ido cobrando interés en nuestro mundo actual. La autoestima es la función de evaluarse a uno mismo, es la visión que tenemos de nosotros mismos, la confianza y la seguridad para desenvolvernos en la sociedad en una forma plena. La autoestima positiva está relacionada con afectos positivos como son el placer, confianza, entusiasmo e interés. La autoestima negativa o baja en cambio, conlleva afectos negativos como el dolor, angustia, duda, tristeza y vergüenza. La adolescencia es una etapa trascendental en nuestra vida, es aquí donde comenzamos a formarnos como personas, es un proceso de aprendizaje de hábitos y conductas que permiten fortalecer aspectos socioculturales y afectivos. La autoestima es un elemento fundamental en esta edad y son muchos los factores externos que van influyendo. De igual modo la imagen corporal está asociada con sentimientos de aceptación que le darán al niño la posibilidad de sentirse querido y le darán además un sentimiento de pertenencia el cual es esencial para sentirse valorado. Diversas enfermedades que comprometen al cuerpo humano, entre ellas las malformaciones congénitas, la discapacidad, cicatrices evidentes y la obesidad que amenazan desde temprana edad la autoestima de los niños. Mientras la autoestima es un importante recurso de protección frente a problemas de carácter interno como la depresión, no está tan claro que sean los adolescentes con baja autoestima los que se impliquen en mayor medida en problemas externo

    ¿Hay alguna psiquiatría que no sea biológica?.

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    Sin resumen

    Antiwear performance of ionic liquid+graphene dispersions with anomalous viscosity-temperature behavior

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    New dispersions of few-layers graphene (G) in 1-ethyl-3-methylimidazolium ([EMIM]) ionic liquids (ILs) with dicyanamide ([DCA]) or bis(trifluoromethylsulfonyl)imide ([TFSI]) anions have been obtained by mechanical mixing and sonication. IL+0.5 wt% G dispersions show constant viscosity values from 357K (for IL = [EMIM][DCA]) or from 385K (for IL = [EMIM][TFSI]) to 393K. IL + G dispersions with G > 0.5 wt% show linear viscosity increases with increasing temperature, from 306K (for [EMIM][DCA]+1 wt%G) and from 330K to 393K (for [EMIM][TFSI]+0.75 wt%G and [EMIM][TFSI]+1 wt%G). Addition of graphene improves the poor wear reducing performance of [EMIM][DCA], and prevents surface damage on steel when added to [EMIM][TFSI]. Graphene increases the load-carrying ability of ILs, forms a surface layer on the sliding path and retains wear debris, preventing the formation of large abrasive particles.Ministerio de Economía, Industria y Competitividad (MINECO, Spain), EU FEDER Program (Grant # MAT2017-85130-P) Este trabajo es resultado de la actividad desarrollada en el marco del Programa de Ayudas a Grupos de Excelencia de la Región de Murcia, de la Fundación Séneca, Agencia de Ciencia y Tecnología de la Región de Murcia (Grant # 19877/GERM/15) M.D. Avilés ha recibido una beca del MINECO (BES-2015-074836)
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