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    El habeas corpus interamericano

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    The author analyzes the evolution of the guarantee of habeas corpus as the simple and quick remedy in the inter-American system. It describes the different forms of application of the aforementioned guarantee and compares it with the habeas corpus law in Argentina. The broader protection provided by this guarantee is noted for the protection of multiple situations not provided for in the local law to conclude that by means of conventionality control, article 7 based on article 25 of the American Convention with the interpretation "pro homine" and “pro actione” is the most suitable tool to protect the right to freedom as a fundamental right and foundation of other rightsEl manuscrito pretende contextualizar la evolución de la garantía del habeas corpus como el recurso sencillo y rápido en el sistema interamericano. Describe las distintas modalidades de aplicación de la mencionada garantía y lo compara con la ley de habeas corpus en Argentina. Se advierte la protección mas amplia que aporta esta garantía para la protección de múltiples situaciones no previstas en la norma local para concluir que mediante el control de convencionalidad el art 7 en función del art 25 de la Convención Americana con la interpretación “pro homine” y “pro actione” es la herramienta más idónea para proteger el derecho de la libertad como derecho fundamental y fundante de otros derechos

    EL AMPARO CONTRA DELITOS COMETIDOS POR LOS JUECES

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    El amparo como garantía constitucional se manifiesta en un proceso que puede- y debe- articularse contra todo funcionario público, incluido la judicatura, más cuando el delito perpetrado en esa función publica y por el funcionario público es ostensible, claro y manifestó. Los derechos fundamentales no tienen una jerarquía axiológica ni jurídica predeterminada razón por la cual las lesiones, restricciones, alteraciones etc de los derechos humanos de una persona sometida a un proceso judicial no pueden ser materia de una doble lesion : no solo se lesiona en el proceso por el derecho en disputa, sino se produce otra lesion por el juez que debe oficiar como una “garantía secundaria” y aplicar la ley en el caso concreto  y no violarla en desmedro de las partes en el proceso. Se concluye que en un sistema republicano nadie esta excepto de controles y fuera del alcance de la ley que debe ser satisfecha, cuando el caso lo amerit
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